PROYECTO DE LEY
El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación,…
ARTÍCULO 1°: El Poder Ejecutivo Nacional, a través del organismo que corresponda, asignará una partida presupuestaria de cuarenta mil millones de pesos ($40.000.000.000) al Fondo de Aportes del Tesoro Nacional, creados en el inciso d) del artículo 3 de la ley 23.548 y sus modificatorias, a los fines de compensar a las provincias por los ingresos coparticipables que dejarán de percibir por las medidas establecidas por el P.E.N. en los Decretos 561/19 y 567/19.
ARTÍCULO 2°: Los fondos previstos en el artículo precedente serán repartidos a las provincias conforme los porcentajes establecidos en el artículo 4 de la ley 23.548 y sus modificaciones.
ARTÍCULO 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
